Modelo 347: qué es, quién debe presentarlo y cómo prepararlo

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El Modelo 347 es una de las declaraciones informativas más habituales para empresas y autónomos en España. Aunque no supone pagar un impuesto, sí exige informar a la Agencia Tributaria sobre determinadas operaciones realizadas con clientes y proveedores a lo largo del año. Y aquí está el punto clave: su presentación se realiza en febrero del año siguiente al que corresponden las operaciones.

En Analizza, como asesoría especializada en empresas, sabemos que esta obligación genera dudas cada campaña: qué operaciones entran, a partir de qué importe, quién está obligado y qué errores son los más frecuentes. En este artículo te lo explicamos de forma práctica para que puedas prepararlo con tiempo y sin sobresaltos.

¿Qué es el Modelo 347 y para qué sirve?

El Modelo 347 es una declaración informativa anual de operaciones con terceras personas. Su finalidad es que Hacienda pueda cruzar información entre lo que declara cada empresa o profesional y lo que declaran sus clientes y proveedores.

Es importante entender que:

  • No es una declaración de pago, sino de información.
  • Se basa en operaciones realizadas durante todo el año natural (enero a diciembre).
  • Se presenta en febrero del año siguiente. Todas las operaciones realizadas durante 2025 deben presentarse antes del 28 de febrero de 2026.

¿Quién está obligado a presentarlo?

De forma general, están obligados a presentar el Modelo 347:

  • Empresas y sociedades que hayan realizado operaciones con terceros que superen el umbral establecido.
  • Autónomos y profesionales que, en su actividad, superen ese mismo umbral con algún cliente o proveedor.
  • Entidades como comunidades de bienes, sociedades civiles y otras formas jurídicas, según el caso.

Ahora bien, no todo el mundo lo presenta. Hay situaciones habituales en las que no corresponde, por ejemplo si no se alcanzan los importes mínimos, o si ciertas operaciones ya se informan por otros sistemas o modelos en regímenes específicos.

Si tienes dudas con tu caso concreto, lo más eficiente es revisarlo con tu asesoría: en Analizza podemos confirmarte rápidamente si estás obligado y qué terceros deben incluirse.

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¿Qué operaciones se incluyen en el Modelo 347?

El Modelo 347 recoge operaciones con terceros (clientes, proveedores u otras entidades) cuando, sumadas durante el año, superan el umbral mínimo.

Entre las operaciones habituales que se incluyen están:

  • Ventas y prestaciones de servicios a clientes.
  • Compras y servicios recibidos de proveedores.
  • Operaciones que, por su naturaleza, se consideran parte de la actividad y computan a efectos del límite.

Un detalle importante: la declaración suele exigir que la información se muestre con desglose por trimestres, lo que hace especialmente relevante que tu contabilidad y facturación estén bien ordenadas a lo largo del año.

Umbral: ¿a partir de qué importe hay que declarar?

El umbral más conocido del Modelo 347 es 3.005,06 € anuales por tercero, sumando todas las operaciones realizadas con esa persona o entidad durante el año (normalmente con el impuesto indirecto incluido en el cómputo).

Esto significa que no se mira factura a factura: se suman todas las operaciones con un mismo NIF a lo largo del año. Si el total supera el umbral, ese tercero debe aparecer en la declaración con su importe correspondiente (y, habitualmente, distribuido por trimestres).

¿Cómo se presenta el Modelo 347?

La presentación del Modelo 347 se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, usando el sistema de identificación correspondiente (habitualmente certificado digital, DNIe o sistemas equivalentes según el caso).

A nivel práctico, la presentación requiere:

  • Identificar correctamente a cada tercero (NIF y datos).
  • Informar el importe total anual por tercero.
  • Reflejar el desglose trimestral cuando aplique.

En empresas con muchos movimientos, el reto no es “rellenar el modelo”, sino asegurar que los datos son coherentes con la contabilidad y con lo que declararán los terceros.

Errores frecuentes y posibles consecuencias

Aunque el Modelo 347 sea informativo, no presentarlo o presentarlo con errores relevantes puede conllevar requerimientos y sanciones. Además, Hacienda cruza datos, así que los descuadres pueden activar revisiones.

Errores típicos:

  • No incluir a un tercero que supera el umbral.
  • Incluir importes en trimestres que no corresponden.
  • Declarar un NIF equivocado o datos desactualizados.
  • Diferencias por abonos, devoluciones o facturas rectificativas mal contabilizadas.

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Checklist rápido para prepararlo con tranquilidad

Para llegar a febrero con todo listo, en Analizza recomendamos este enfoque:

  1. Extrae el listado anual de clientes y proveedores con sus importes acumulados.
  2. Identifica los terceros que superan el umbral.
  3. Verifica NIF y razón social (un error aquí puede generar requerimientos).
  4. Revisa el desglose trimestral y posibles facturas en periodos incorrectos.
  5. Comprueba rectificativas, devoluciones y abonos.
  6. Si es posible, contrasta importes con los terceros más relevantes (reduce descuadres).

El Modelo 347 se presenta en febrero y exige declarar las operaciones con terceros que superen el umbral anual establecido. No es un pago, pero sí una obligación informativa que conviene preparar con método para evitar discrepancias y problemas posteriores.

Si quieres asegurarte de que lo presentas correctamente (o confirmar si estás obligado), en Analizza te ayudamos a revisar la información, detectar descuadres y gestionar la presentación de forma ágil y segura.

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