El Gobierno ha dado luz verde al cambio en las bases de cotización de autónomos. Entró en vigor en enero de 2023, y se fue implantando de forma progresiva por tramos.
¿Qué es la base de cotización autónomos?
Cambio bases de cotización de autónomos: ¿en qué consiste?
El cambio de bases de cotización de autónomos consiste en que los trabajadores por cuenta propia cotizan según sus ingresos reales. Se establecen 15 tramos de cuotas que irán desde los 230 euros hasta los 500 euros, en función de los rendimientos netos que se obtengan.
Matizar rendimientos netos. No se trata de la facturación, sino del rendimiento (ingresos menos gastos).
Desde 2023, la cuota mínima es de 230 euros al mes, para aquellos autónomos que tengan un rendimiento inferior a 670 euros. En 2024, está prevista en 225€ y en 2025, 200€. Puedes consultar la cuota de cotización de autónomo en una gestoría para autónomos y ser aconsejado por profesionales del sector.
La cuota máxima, se fija en 500€ para aquellos que tengan ingresos netos mensuales superiores a 6.000€.
¿Cómo sabremos qué cuota debemos abonar?
Se podrá ir cambiando la base de cotización de los autónomos hasta 6 veces en el año, según la previsión del rendimiento que vayan a tener. Lógicamente podemos prever aproximadamente un rendimiento, pero conforme vaya avanzando el ejercicio, iremos viendo si las previsiones se están manteniendo o si por el contrario han cambiado, bien a más, o bien a menos.
De ahí que se permita que se pueda ir variando esa cotización en función de cómo nos vaya realmente la actividad económica.
¿Hay alguna variación según la edad que tengamos?
Desde 2023, los mayores de 47 años no tienen tope en su cotización ya que como cualquier otro autónomo cotizarán en función de sus rendimientos reales.
Y los autónomos que inicien por primera vez su actividad económica, tendrán una bonificación durante 12 meses, a razón de pagar una cuota de autónomo de 80€ al mes. Además, si al año siguiente, sus ingresos reales no superan el SMI, podrán ampliar la bonificación otro año más.
¿Cómo sabrá la Seguridad Social que los ingresos reales que declara el autónomo son los correctos?
Además de estos cambios en las bases de cotización de autónomos, hemos de destacar el papel de la Agencia Tributaria desde 2023. Será la misma la que fiscalizará a la Seguridad Social los ingresos reales de los autónomos.
La Agencia Tributaria comunicará a la Seguridad Social nuestros rendimientos del ejercicio, una vez presentada la declaración de la renta. De ahí que a partir de 2023 todos los autónomos que estaban de alta, tengan rendimientos o no, estén obligados a presentar su declaración de IRPF.
A cambio, la Agencia Tributaria ha establecido dos nuevas deducciones para gastos genéricos. El 7% para autónomos individuales, y el 3% para autónomos societarios.
Por ejemplo: Un autónomo tiene unos ingresos en 2022 por 20.000 euros anuales, y unos gastos de 10.000 euros. Su rendimiento es de 10.000 euros. A esto le quitamos ese 7% suponiendo que es un autónomo individual, y se quedaría de rendimiento, 9.700 € anuales. Si dividimos entre 12 meses, su base de cotización sería de 1.385 euros aproximadamente.
Este autónomo tendrá que mirar en los tramos de cotización el que va de 1300 a 1500 euros. En ese tramo, la base es de 960,78€ y la cuota a pagar, 294,00€.
Os dejamos por aquí los 15 tramos del año que viene para que podáis ir estimando vuestro resultado.
| RENDIMIENTOS NETOS | 2023 | ||
| TRAMOS | BASE COTIZACIÓN | CUOTA | |
| HASTA | 670,00 € | 751,63 € | 230,00 € |
| ENTRE | 670,00 €-900,00€ | 849,67 € | 260,00 € |
| ENTRE | 900,00€-1.166,70€ | 898,69 € | 275,00 € |
| ENTRE | 1.166,70€-1.300 € | 950,98 € | 291,00 € |
| ENTRE | 1.300,00€-1.500,00€ | 960,78 € | 294,00 € |
| ENTRE | 1.500,00€-1.700,00€ | 960,78 € | 294,00 € |
| ENTRE | 1.700,00€-1.850,00€ | 1.013,07 € | 310,00 € |
| ENTRE | 1.850,00€-2.030,00€ | 1.029,41 € | 315,00 € |
| ENTRE | 2.030,00€-2.330,00€ | 1.045,75 € | 320,00 € |
| ENTRE | 2.330,00€-2.760,00€ | 1.078,43 € | 330,00 € |
| ENTRE | 2.760,00€-3.190,00€ | 1.143,79 € | 350,00 € |
| ENTRE | 3.190,00€-3.620,00€ | 1.209,15 € | 370,00 € |
| ENTRE | 3.620,00€-4.050,00€ | 1.274,51 € | 390,00 € |
| ENTRE | 4.050,00€-6.000,00€ | 1.372,55 € | 420,00 € |
| ENTRE | Más de 6.000,00€ | 1.633,99 € | 500,00 € |
Cese parcial
Otra de los cambios en las bases de cotización de autónomos, será el cese parcial. Hasta ahora, para poder cobrar el cese de actividad, tenía que cursarse la baja en el RETA, y siempre y cuando se hubiera cotizado por cese y que realmente se cerrase la actividad por pérdidas…
Ahora con la reforma, se va a permitir cobrar el cese parcial, con lo cual el autónomo podrá percibir la ayuda sin tener que cerrar su negocio, aunque tenga una actividad reducida.
Esta ayuda se percibirá si se demuestra que el nivel de ingresos haya caído en un 75% si no se tiene trabajadores contratados; y en caso de tener trabajadores, esa reducción debe mantenerse además durante 2 trimestres consecutivos, con una reducción de contratos al 60% de la plantilla y no tener ingresos superiores al SMI.
Como veis, con el cambio en las bases de cotización de autónomos se avecinan novedades…así que vayamos siendo cautos los meses que quedan de 2022 y previsores de cara a esta nueva forma de cotizar.






